Los servicios de asesoramiento jurídico se ofrecen para cubrir necesidades de consejo legal ocasional, - operaciones concretas o específicas-, o permanente.
Los honorarios profesionales se determinan de diferente manera según la clase de asesoramiento que se solicite.
El servicio de asesoramiento permanente se contrata mediante pago de una cuota mensual (*).
El servicio de asesoramiento ocasional se dirige a empresas y particulares indistintamente, y se contrata para cada operación o un conjunto de ellas previa presentación de presupuesto o, a falta de éste, por remisión a las normas y criterios orientadores de honorarios profesionales aprobados por el Consejo de Colegios de Abogados de la Comunidad Valenciana.
Los servicios de representación y defensa en procedimientos judiciales se contratan para cada caso o procedimiento, bien mediante presupuesto, bien por remisión a las normas y criterios orientadores de honorarios profesionales antes citados.
Las normas y criterios orientadores de honorarios profesionales son públicas y fácilmente disponibles a través del Colegio de Abogados.
(*)Con la cuota mensual mínima determinados trabajos se facturan aparte, bien mediante presupuesto o por remisión a los criterios orientadores aprobados por el Consejo de Colegios de Abogados de Valencia. Ver contrato de servicios tipo.